Vaccea Anuario
, 17 (2024)
ISSN:
edición impresa: 2659-7179; edición en línea: 2659-7187
h
ttps://pintiavaccea.es/seccion/vaccea-anuario
Vaccea Editorial, CEVFW
Universidad de Valladolid
Cómo citar:
Torres Mas, M. (2024) “Responsabilidades de los
ayuntamientos en la valorización (investigación, conservación y
difusión) del patrimonio arqueológico de su territorio. Estudios
del caso del yacimiento Motilla del Azuer en Daimiel (Ciudad
Real)”,
Vaccea Anuario,
17, pp. 83-93.
https://doi.org/10.69531/YSFB-8001-PNTV
*
Ayuntamiento de Daimiel-Motilla del Azuer. motilladelazuer@aytodaimiel.es, ORCID: 0000-0003-0798-5685.
Recibido: 27 de febrero de 2024 / Aceptado 30 de marzo de 2024
Resumen:
El impulso experimentado en España en los últimos años en las acciones de valorización está posi-
bilitando descubrir un rico y heterogéneo patrimonio cultural y arqueológico que es necesario proteger y tutelar
adecuadamente. Asimismo, la recuperación de este legado está aportando beneficios sugerentes desde el punto
de vista económico, cultural, social, científico y educativo para el territorio en el que se emplaza. Por estas razo-
nes, las administraciones públicas, caso de los ayuntamientos como cauce inmediato de participación, ostentan
una serie de compromisos ante manifestaciones que se encuentran en sus límites y que guardan conexiones
intensas con sus vecinos. En este texto queremos exponer la gestión establecida desde 2013 por el Ayuntamiento
de Daimiel en favor de la valorización de sus bienes arqueológicos, con especial atención hacia el yacimiento icó-
nico de la Motilla del Azuer. El éxito de esta experiencia está permitiendo obtener unos provechos interesantes
para sus ciudadanos y el propio enclave.
Palabras clave:
patrimonio cultural, administraciones públicas, legislación, valorización, gestión, motillas.
Abstract:
The momentum experienced in Spain in recent years in valorization actions is making it possible to
discover a rich and heterogeneous cultural and archaeological heritage that needs to be adequately protected
and safeguarded. Likewise, the recovery of this legacy is providing suggestive benefits from an economic, cultural,
social, scientific and educational point of view for the territory in which it is located. For these reasons, public ad-
ministrations, in the case of city councils as an immediate channel of participation, hold a series of commitments
in the face of demonstrations that are within their limits and that have intense connections with their neighbors.
In this text we want, to expose the management established since 2013 by the Daimiel City Council in favor of the
valorization of its archaeological assets, with special attention to the iconic site of Motilla del Azuer. The success
of this experience is allowing interesting benefits to be obtained for its citizens and the enclave itself.
Keywords:
cultural heritage, public administrations, legislation, valorization, management, motillas.
Miguel Torres Mas*
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La valorización del patrimonio
arqueológico y sus oportunidades
para el territorio
Desde hace décadas se vienen desarrollando a nivel
nacional numerosas actuaciones para impulsar la va-
lorización del patrimonio arqueológico local, desde
proyectos de investigación, campañas de excavación,
intervenciones de urgencia, labores de consolida-
ción y restauración, incorporación de nuevos medios
tecnológicos, etc. Estas iniciativas han posibilitado
descubrir un extraordinario legado que es necesario
mantener y preservar, razón por la que han surgido
multitud de fórmulas para su gestión eficaz. En los
mismos términos, esta evolución ha producido una
reflexión profunda, la adopción de medidas precisas y
la aprobación de diferentes textos legislativos en tor-
no a las respuestas y soluciones para el planteamien-
to, diseño y ejecución de las acciones vinculadas.
A este escenario favorable añadimos que se ha
ido despertando una mayor concienciación por parte
de la ciudadanía sobre la representatividad de estos
componentes: comprendiendo las fuertes conexio-
nes, simbólicas y prácticas, que los unen y suscitando
una demanda por conocer y disfrutar de sus conte-
nidos (fig. 1). En este sentido, el auge de conceptos
como "democracia cultural", ha estimulado la parti-
cipación de los individuos o colectivos en el ámbito
de la vida cultural de su territorio, no solo como es-
pectadores pasivos, sino como agentes activos en su
tutela. Esta visión ha implicado un cambio sustancial
en la toma de decisiones y la forma de presentar las
manifestaciones culturales. Las resoluciones de orga-
nismos como la UNESCO en diferentes convenciones,
destacando el texto de la Convención para la Salva-
guardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de 2003,
vienen incidiendo en este enfoque, al promover la im-
plicación de las comunidades locales en la administra-
ción de los sitios arqueológicos. La Carta de Bruselas
sobre el papel del patrimonio cultural en la economía,
firmada en 2009 con ocasión del I Foro de Economía
del Patrimonio Cultural, defendió que el patrimonio
debe ser concebido como un «servicio público bási-
co», enfocando dicho matiz a su tratamiento.
Por lo tanto, en la concepción sobre el patrimo-
nio ha ido ocupando un mayor protagonismo su
función social, pues como señala el preámbulo de la
Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico
Español (LPHE): «los bienes del patrimonio histórico
lo son debido exclusivamente a la acción social que
cumplen
»
.
Esta realidad se ha ido adaptando, en mayor o
menor medida, al marco normativo en esta materia
y a las políticas establecidas por las administraciones
públicas, dentro de una consideración más integral de
aquellos bienes que se reparten por sus límites terri-
toriales. Asimismo, este contexto ha llevado a estas
instituciones a involucrarse –a pesar de ciertas defi-
ciencias detectadas- de manera activa en la gestión
y tutela de los elementos que forman parte de este
legado, tanto en las tareas de investigación como de
conservación y divulgación.
Adicionalmente, los nuevos enfoques conforma-
dos en este campo lo están convirtiendo en un sector
con notables ventajas para estimular el desarrollo de
comarcas y municipios, especialmente de aquellas
zonas con problemas estructurales desde el punto
de vista productivo, caso del mundo rural o "España
Vacía o Vaciada
"
como se la reconoce en los últimos
años por los importantes retos demográficos que os-
tenta. Una cantidad significativa de sitios arqueoló-
gicos se reparten por este ámbito, por lo que, y en
virtud de su carácter único, irrepetible y no desloca-
lizable, pueden convertirse en motores que ayuden a
afrontar esas dificultades.
Desde el punto de vista económico la explota-
ción de estos recursos supone obtener una serie de
rendimientos y estímulos positivos, tanto directos,
ingresos por venta de entradas o creación de pues-
tos de trabajo cualificados, como indirectos, a partir
del consumo de servicios y equipamientos (Alonso y
Martín, 2018). Igualmente, junto con la dimensión
social mencionada
supra
, se produce un tratamiento
de componentes enlazados con los sentimientos de
pertenencia de la comunidad con la que se encuentra
relacionada (Ballart y Juan, 2001: 78). Sin olvidar que
tiene una vertiente cultural, al promover la recupera-
ción y revitalización de testimonios de esta naturale-
za; científica, como área abierta al análisis e interpre-
tación; y educativa, como herramienta para descubrir
el pasado, costumbres y expresiones materiales de
los grupos humanos pretéritos.
En los mismos términos, la irrupción en los últi-
mos años de los nuevos instrumentos tecnológicos,
entre los que podemos situar la fotogrametría, la
realidad o reconstrucción virtual, el escaneado di-
gital, la termografía, etc., está abriendo un abanico
de amplias posibilidades para aproximarnos a estos
vestigios, introduciendo opciones sugerentes para
Fig. 1. Grupo de ciudadanos de Daimiel conociendo una de las cale-
ras rehabilitadas en su municipio.
85
Responsabilidades de los ayuntamientos en la valorización del patrimonio arqueológico de su territorio.
su documentación, estudio, conservación y expo-
sición.
En suma, las acciones en favor de la valorización
del patrimonio arqueológico, en virtud de sus forta-
lezas y potencialidades, se convierte en un derecho y
un deber que tiene que ser incorporado en los planes
estratégicos de las administraciones, garantizando un
pleno acceso y disfrute para el conjunto de la socie-
dad. En este plano, los ayuntamientos, como organi-
zación territorial pública básica y como cauce inme-
diato de participación ciudadana, tienen que asumir
responsabilidades y obligaciones con respecto a este
tipo de recursos que se encuentran dentro de sus lí-
mites territoriales.
El ordenamiento legislativo y el marco
de actuación de los ayuntamientos
en torno a su patrimonio
Históricamente, en España ha sido el Estado el prin-
cipal protagonista en la investigación y recuperación
del patrimonio; no obstante, a partir de finales del
siglo XX las comunidades autónomas, sobre todo en
virtud de la cesión de competencias y los ayuntamien-
tos han incrementado su implicación en este campo.
Esta dimensión viene derivada, en buena medida,
del marco resultante de la Constitución de 1978. En-
tre otras consideraciones, este texto vino a estipular
una serie de capacidades en esta área por parte de
las administraciones. Concretamente, el art. 46 re-
coge que «Los poderes públicos garantizarán la con-
servación y promoverán el enriquecimiento del pa-
trimonio histórico, cultural y artístico de los pueblos
de España», incluyendo «los bienes que lo integran,
cualquiera que sea su régimen jurídico y titularidad».
Además, este apartado permitió condenar cualquier
ataque que se produzca sobre el mismo, dado que «la
ley penal sancionará los atentados contra este patri-
monio». Por lo tanto, esta disposición contempló las
actuaciones relativas al patrimonio como un derecho
amparado por la principal referencia normativa, pre-
cepto que ha servido de base para la legislación más
específica.
La LPHE recogió estas consideraciones y posibilitó
sancionarlas de manera más precisa. En su art. 2 se-
ñala que es un deber de la administración del Estado,
sin perjuicio de las competencias que correspondan
a los otros poderes públicos, «garantizar la conser-
vación del Patrimonio Histórico Español», así como
«promover el enriquecimiento del mismo y fomentar
y tutelar el acceso de todos los ciudadanos a los bie-
nes comprendidos en él».
Del mismo modo, las posteriores leyes y ordena-
mientos normativos aprobados por las comunidades
autónomas, en el ejercicio de las competencias y po-
testades asumidas, han reflejado esta realidad, con
referencias explícitas al papel de los ayuntamientos.
La Ley 12/2002, de 11 de julio, de Patrimonio Cul-
tural de Castilla y León (LPCCyL) en su «Exposición de
motivos
»
pone de manifestó esta situación; condi-
ción que es concretada por el art. 3, al afirmar que
«Las entidades locales tienen la obligación de prote-
ger y promover la conservación y el conocimiento de
los bienes integrantes del Patrimonio Cultural de Cas-
tilla y León de su ámbito territorial». En los mismos
términos, estipula que tienen la obligación de comu-
nicar inmediatamente a la Consejería competente en
esta área «cualquier hecho o situación que ponga o
pueda poner en peligro la integridad de tales bienes
o perturbar su función social
»
, teniendo que adoptar,
en caso de emergencia y dentro de su desempeño,
«las medidas cautelares necesarias para defender y
salvaguardar los bienes de dicho patrimonio que se
encuentren amenazados». Una cuestión sustancial es
que la propia ley, art. 3.3, ampara la posibilidad de
«establecer convenios de colaboración
»
con otras ad-
ministraciones para un cumplimiento más eficaz de
los objetivos establecidos en ella.
Resulta interesante lo expuesto por el art. 24.2,
indicando que
«
los poderes públicos garantizarán la
conservación, protección y enriquecimiento del Patri-
monio Cultural de Castilla y León
»
. De manera similar,
en muchas ocasiones estas instituciones son propie-
tarias de este tipo de elementos, por lo que también
se ven recogidas por lo dispuesto por el punto 3 de
este artículo:
«
Los propietarios, poseedores y demás
titulares de derechos reales sobre bienes integrantes
del Patrimonio Cultural están obligados a conservar-
los, custodiarlos y protegerlos debidamente para ase-
gurar su integridad y evitar su pérdida, destrucción o
deterioro».
Esta postura la encontramos reflejada, en ma-
yor o menor medida, en la legislación aprobada en
todas las comunidades autónomas. Sirva el ejemplo
de Castilla-La Mancha, donde la Ley 4/2013, de 16 de
mayo, de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha
(LPCCLM), en su art. 3 estima que «todas las Admi-
nistraciones Públicas colaborarán y se coordinarán
en el ejercicio de sus competencias y funciones para
contribuir al logro de los objetivos de esa ley», de-
tallando que «las entidades locales colaborarán en la
protección, conservación y difusión de los valores que
contengan los bienes integrantes del Patrimonio Cul-
tural situados en su ámbito territorial».
Por otra parte, hay que tener en cuenta que una
de las peculiaridades que define al patrimonio ar-
queológico es que se trata de un agente de «domino
público». Esta realidad está regulada por el art. 44 de
la LPHE al proclamar que «son bienes de dominio pú-
blico todos los objetos y restos materiales que posean
los valores que son propios del Patrimonio Histórico
Español» y que sean localizados «como consecuen-
cia de excavaciones, remociones de tierras u otras
de cualquier índole o por azar». Esta determinación
supone una consideración diferencial de esta catego-
86
ría patrimonial, que, entre otros aspectos, implica un
uso público, aunque ello no es incompatible ―a pesar
de apreciar cierta ambigüedad― con la existencia de
una propiedad pública. A esta circunstancia añadimos
que los trabajos arqueológicos se encuentran regula-
dos y controlados por autorizaciones específicas del
órgano correspondiente.
El art. 50 de la LPCCyL especifica que constituyen
el patrimonio arqueológico de la región «los bienes
muebles e inmuebles de carácter histórico, así como
los lugares en los que es posible reconocer la activi-
dad humana en el pasado, que precisen para su locali-
zación o estudio métodos arqueológicos», matizando
que incluye tanto aquellos hallazgos que han sido ex-
traídos o no de su lugar de origen y los documentados
en superficie, en el subsuelo o en áreas subacuáticas.
Esa función pública del legado arqueológico origi-
na que se configure un compromiso desde las institu-
ciones públicas para su recuperación y difusión, liga-
da al derecho de disfrute por todos los miembros de
la sociedad, independientemente de su titularidad ju-
rídica (Valadés, 2010: 165); justificando la necesidad
de dotar de una participación social sobre aquellos
procesos concernientes.
Adicionalmente, en función del art. 128 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Ad-
ministrativo Común de las Administraciones Públicas,
la administración goza de potestad reglamentaria en
términos generales; si bien, en el ámbito patrimonial
existe un cierto vacío sobre su desarrollo normativo.
Es cierto, que la Ley 5/1985, de 2 de abril, Reguladora
de Bases del Régimen Local (LRBRL), que fue objeto
de renovación por la Ley 27/2013, de 27 de diciem-
bre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Admi-
nistración Local, dota a estos organismos de persona-
lidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento
de sus fines (art. 11), con competencias que son «pro-
pias o atribuidas por delegación», posibilitando, in-
cluso, que el Estado y las comunidades autónomas,
en el ejercicio de sus respectivas competencias, pue-
dan delegar en estas entidades «el ejercicio de sus
competencias».
El art. 25 de la LRBRL recogió el papel de la cor-
poraciones municipales para «promover actividades
y prestar los servicios públicos que contribuyan a
satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comu-
nidad vecina», entre ellas atribuciones como la de
«patrimonio histórico». La citada reforma de 2013
añadió en sus prerrogativas «la protección y gestión
del patrimonio histórico», así como «la promoción
de la cultura y equipamientos culturales». Esta mo-
dificación estimó que para este desempeño se tenía
que «evaluar la conveniencia de la implantación de
servicios locales conforme a los principios de descen-
tralización, eficiencia, estabilidad y sostenibilidad fi-
nanciera».
Por su parte, la LPHE también estableció deter-
minados cometidos que reside en los ayuntamien-
tos sobre esta materia, al contemplar en el art. 7
su cooperación «en la conservación y custodia del
Patrimonio Histórico Español comprendido en su
término municipal», teniendo que adoptar «las me-
didas oportunas para evitar su deterioro, pérdida o
destrucción».
A su vez, la entrada de España en la Unión Euro-
pea en 1985 favoreció la apuesta por estrategias dedi-
cadas a la recuperación y divulgación del patrimonio
cultural, como herramienta eficaz para el desarrollo
de las regiones. Esta iniciativa fomentó la puesta en
funcionamiento de programas e intervenciones en
esta área, en algunos casos relacionados con los si-
tios arqueológicos, estimulando los proyectos para su
valorización.
Por consiguiente, la articulación de una serie de
derechos y «obligaciones morales» en la relación de
los ayuntamientos con el patrimonio cultural y ar-
queológico, al tratarse de componentes con vínculos
estrechos con la sociedad, ha generado unas respon-
sabilidades que están definiendo cauces de atención
y participación, teniendo que asumir compromisos en
labores de investigación, conservación, mantenimien-
to y presentación de estas manifestaciones. Además,
las ventajas que ofrecen sus elementos los convierten
en una herramienta muy útil para las poblaciones.
De todos modos y pese a cierta voluntad y em-
peño de los municipios para la salvaguarda de estos
vestigios y la existencia de marcos jurídicos favorables
para su involucración,
stricto sensu
cuentan con la li-
mitación de no poseer una autoridad reglamentaria
en esta parcela. Esta discrepancia reduce enorme-
mente sus posibilidades de actuación, aun siendo
identificada como poder público en virtud de la ga-
rantía constitucional relativa a la autonomía que go-
zan para el fundamento de sus respectivos intereses,
más las facultades reconocidas por las distintas regla-
mentaciones autonómicas.
Por lo tanto, una lectura exhaustiva sobre las com-
petencias genéricas de los ayuntamientos permite in-
ferir que se trata más bien de capacidades genéricas
de colaboración que del otorgamiento de un poder
plenamente competencial; circunstancia que supone
un obstáculo en su misión para la tutela de su legado
histórico.
Un factor a tener en cuenta en este diagnóstico
es que no siempre el proceso de patrimonialización,
es decir de conversión de las huella del pasado en
productos patrimoniales, llega a completarse -y en
ocasiones ni a iniciarse- sobre todos los componen-
tes de esta índole. A pesar de las favorables disposi-
ciones jurídicas, algunos de estos bienes no cuentan
con una protección real, no siendo objeto de las ne-
cesarias acciones para su preservación y manteni-
miento. En otros casos, las inversiones sobre ellos
son muy reducidas, siendo escaso el alcance que
llegan a tener para su presentación. Esta ausencia
de medidas provoca el deterioro progresivo de sus
87
Responsabilidades de los ayuntamientos en la valorización del patrimonio arqueológico de su territorio.
unidades, incrementando el riesgo para su degrada-
ción y desaparición definitiva.
En buena medida, las estrategias han priorizado
los esfuerzos en los grandes conjuntos arqueológicos,
siendo un incentivo beneficioso para reforzar su mi-
sión; sin embargo, estas inversiones han supuesto una
discriminación de aquellos otros lugares que no han
tenido posibilidad de acceder a esas vías de financia-
ción. A este respecto, la elección sobre qué elemen-
tos patrimoniales deben prevalecer las actuaciones
es un debate abierto ante unos recursos económicos
restringidos, sobre todo teniendo en cuenta que cada
vez es mayor el número de sitios intervenidos.
También es cierto que en ocasiones es la iniciativa
particular, representada por colectivos o individuos
a título personal, la que despierta una preocupación
por la defensa y cuidado de esos espacios, generan-
do movimientos muy sugerentes en su reivindicación.
En la localidad de Daimiel tenemos el ejemplo de la
Asociación Cultural Venta de Borondo y Patrimonio
Manchego, que tiene como objetivos fundamentales
la lucha por la salvaguardia del inmueble histórico
Venta de Borondo y la arquitectura tradicional de la
comarca
1
. Paradigmático es el caso del Dr. Carlos Sanz
Mínguez, que a través de su esfuerzo y compromiso
activo está posibilitando la puesta en valor del yaci-
miento vacceo de Pintia (Padilla de Duero/Peñafiel,
Valladolid) (Sanz, 2010).
Una ventaja del tratamiento del patrimonio en la
escala local es que sobre él reside una oportunidad
de convertir una experiencia de investigación en un
modelo operativo en el que se puede aplicar una or-
denación efectiva sobre el mismo, permitiendo resol-
ver convenientemente problemas desde el punto de
vista práctico debido a la cercanía para acceder a su
materialidad y contexto.
Por el contrario, los ayuntamientos, sobre todo
aquellos de una menor envergadura, suelen tener
limitaciones notorias con respecto a los medios hu-
manos y económicos disponibles, situación a la que
se añade la difusa responsabilidad normativa comen-
tada, por lo que en muchas ocasiones el desempeño
de las acciones requeridas en este campo suele estar
más relacionada con una voluntad concreta, incluso de
carácter personal, que con planteamientos estructura-
dos y coordinados. En términos generales, esta pauta
comporta que la pérdida de esa determinación o del
propósito para la que fue concebida esa labor implique
el final del proyecto y las operaciones vinculadas, des-
apareciendo con ellas la posibilidad de continuar con
aquellas tareas que favorecen su mantenimiento.
La consideración del patrimonio
arqueológico en el ámbito urbanístico
El auge de la dimensión local del patrimonio ha sur-
gido en paralelo a la concepción de nuevos postula-
dos teóricos que se han ido conformando en torno
a su definición. Estas propuestas han venido a reco-
nocer el valor de los hallazgos dentro de su contexto
geográfico e histórico, entendidos como una unidad
que ha evolucionado de manera similar al medio
en el que se emplaza. Constituye uno de los moti-
vos por lo que se viene promoviendo la protección
de un espacio que incluya tanto el propio enclave
arqueológico como su contorno y ambiente (Villar,
2007: 62). La propia LPHE afirma en su art. 11.2 que
en el caso de un inmueble la catalogación de BIC
tiene que comprender «el entorno afectado por la
declaración y, en su caso, se definirán y enumerarán
las partes integrantes, las pertenencias y los acceso-
rios comprendidos en la declaración», refrendando
en el art. 18 que es «inseparable de su entorno».
En similares términos, el art. 17 mantiene que en la
declaración conjunto histórico «deberá considerarse
sus relaciones con el área territorial al que perte-
nece», incluyendo «la protección de los accidentes
geográficos y parajes naturales que conforman su
entorno».
Grosso modo
, estas valoraciones han sido inclui-
das en los planteamientos urbanísticos e instrumen-
tos de ordenación espacial, como así aparece recogi-
do en los arts. 26 y 27 de la LPCCLM, correspondiendo
a la administración competente emitir informes y
autorización previa de los procedimientos de apro-
bación a los que se aplica la evaluación de impacto
ambiental, que será vinculante en las materias que
afecten al patrimonio cultural. Asimismo, en buena
parte de la legislación patrimonial aparece recogido
que para conceder la licencia oportuna, la entidad
local deberá velar porque las intervenciones en los
inmuebles cuenten con la autorización preceptiva.
En similares términos, el art. 30 de la LPCCyL
estipula que en la elaboración y tramitación de las
evaluaciones por impacto ambiental, así como de
los planes y proyectos regionales regulados en la le-
gislación sobre ordenación del territorio, si un pro-
yecto, obra o actividad puede afectar al patrimonio
arqueológico «se efectuará una estimación de la
incidencia». Este diagnóstico deberá ser efectuado
Fig. 2. Detalle de la destrucción parcial perpetrada en la Motilla de
la Máquina.
88
por un técnico capacitado y «someterse a informe
de la Consejería competente», teniendo que consi-
derar sus concusiones en «la declaración de impacto
ambiental o instrumento de ordenación afectados».
En consecuencia, los diferentes preceptos nor-
mativos describen una concordancia directa de las
manifestaciones patrimoniales con sus áreas, siendo
inseparables del ámbito físico en el cual se ubican;
por esta razón ambos campos ―patrimonio y ur-
banismo― tienen que desplegar una coordinación
efectiva para poder orientar su misión. No obstante,
esta relación ha sido, por norma general, más in-
tensa en los grandes proyectos que en las obras de
menor envergadura, donde su observancia en oca-
siones ha sido inexistente. Ponemos como ejemplos,
pero por desgracia son muchos más, la alteración
parcial de la motilla de La Máquina (Daimiel) para
ganar superficie para su cultivo (fig. 2), o el caso re-
ciente de la destrucción de 235 m lineales en Pintia
para instalar una canalización de agua sin control ar-
queológico (https://elpais.com/cultura/2024-01-15/
dos-excavadores-destruyen-mas-de-250-metros-li-
neales-del-yacimiento-de-la-ciudad-vaccea-de-pin-
tia-en-valladolid.html).
Los yacimientos arqueológicos, entendidos des-
de una gestión adecuada y eficaz, pueden conver-
tirse en agentes claves para la dinamización de su
ámbito territorial, con una especial incidencia, como
hemos comentado con anterioridad, en comarcas y
municipios con limitaciones en su actividad produc-
tiva, caso del mundo rural del interior peninsular.
Su explotación sostenible habilita expectativas su-
gerentes para el desarrollo y diversificación de una
región, suscitando un interés añadido para visitar
una zona.
Sin embargo, estas entidades cuentan con ciertas
limitaciones en su uso. Su carácter frágil, irrepetible
y no deslocalizable implica que cualquier explota-
ción que se genere sobre ellos necesita articularse
sobre fórmulas que adapten su disfrute al respeto
de sus valores, símbolos y expresiones. Además, un
precepto fundamental es que debe garantizar una
accesibilidad universal, por lo que en su cometido
tienen que contemplar iniciativas que acerquen sus
contenidos al mayor porcentaje de población posi-
ble, sin por ello suponer un quebranto de sus uni-
dades.
En definitiva, una adecuada gestión de un ám-
bito arqueológico facilita adquirir logros intere-
santes en torno al mismo, ofreciendo unos bene-
ficios que se hacen extensibles a toda la sociedad
de su entorno más próximo. Incluso estos resulta-
dos positivos pueden promover un efecto «retor-
no» en las inversiones que contribuya a avanzar
en las intervenciones relativas a su estudio, man-
tenimiento y protección (Martínez, 2010: 9); mo-
tivo por el que resulta pertinente promover este
tipo de acciones.
Las estrategias patrimoniales de la
localidad de Daimiel y el modelo
habilitado en la Motilla del Azuer
La ciudad de Daimiel (fig. 3) cuenta con un legado
arqueológico excepcional en virtud de las numero-
sas intervenciones que se vienen emprendiendo
desde hace décadas en su perímetro. Estas actua-
ciones han permitido descubrir lugares heterogé-
neos tanto en sus características como en su ho-
rizonte crono-cultural. Se trata de sitios como el
yacimiento prehistórico de la Motilla del Azuer, el
asentamiento ibero-romano de Los Toriles-Casas
Altas
2
, una venta bajomedieval-moderna como
la Venta de Borondo (fig. 4), una infraestructura
emblemática como el Puente Viejo y testimonios
de la arquitectura vernácula como Las Caleras o el
Bombo de la Calerina. En todos ellos se han desa-
rrollado acciones enfocadas a su investigación, pre-
servación y divulgación, de tal manera que se han
Fig. 3. Localización de la ciudad de Daimiel.
Fig. 4. Vista de fachada meridional de la Venta de Borondo.
89
Responsabilidades de los ayuntamientos en la valorización del patrimonio arqueológico de su territorio.
convertido en referentes capitales para entender y
conocer la historia de la comarca y los grupos hu-
manos que en ella se establecieron.
Las posibilidades que han ofrecido estos recursos,
unido a la demanda de los vecinos para su disfrute, ha
llevado al Ayuntamiento de Daimiel a emprender una
línea estratégica con el objetivo de establecer una
gestión adecuada sobre los mismos, impulsando en
los últimos años su valorización (Torres, 2015; Angulo,
2018; Torres y Fernández-Infantes, 2018; Torres
et al
.,
2020a; Torres
et al
., 2020b; Rodríguez
et al
., 2024).
Dentro de esta propuesta han sido significativas las
acciones en el sitio arqueológico icónico de la locali-
dad como es la Motilla del Azuer.
La Motilla del Azuer constituye el mejor repre-
sentante de los yacimientos tipo “motillas”, entida-
des singulares dentro de la Edad del Bronce en La
Mancha (2200-1350 a. C.), que reciben su nombre
puesto que su abandonó configuró unos montículos
cónicos artificiales como son reconocidos actual-
mente en el paisaje.
Los proyectos arqueológicos, que comenzaron en
el año 1974 por parte de un equipo de la Universidad
de Granada dirigido por los doctores Trinidad Nájera y
Fernando Molina, han permitido definir a este enclave
como un recinto fortificado (fig. 6), alrededor del cual
se distribuyó el área del poblado (Nájera y Molina,
2004). Esta edificación, con varias fases constructivas,
estuvo formada por tres líneas murarias concéntricas
en torno a una torre central. En su interior se efectuó
el control y protección de artículos esenciales para las
gentes del Bronce: almacenamiento de grano a través
de potentes silos, salas para el acopio de artículos ar-
tesanales, cuadras para la estabulación ocasional de
ganado, hornos para el procesado del grano o la ela-
boración de cerámica, y, sobre todo, el abastecimien-
to de agua a través de la ejecución de un excepcional
pozo, referente del monumento por sus dimensiones
y complejidad (fig. 6).
De las investigaciones realizadas se ha desprendi-
do que las tumbas no formaron necrópolis diferencia-
das, sino que se ubicaron espacialmente en el área
del hábitat (Nájera
et al.
2012; Torres y Rodríguez,
e. p.), participando de un patrón extendido en la pe-
nínsula ibérica durante la Edad del Bronce.
La interrupción de las actividades arqueológicas
en el año 2010, unido al impacto de agentes erosivos
durante los meses siguientes, sobre todo atmosféri-
cos por un lapso de tiempo de bastantes precipita-
ciones, habían generado el deterioro progresivo del
conjunto, llegando a suponer un riesgo notable para
su salvaguarda. Ante esta situación, así como con el
propósito de proceder a una explotación pertinente
que permitiera aprovechar sus potencialidades, el
Fig. 5. Estructura hidráulica en el patio oriental del recinto fortifica-
do de la Motilla del Azuer.
Fig. 6. Vista de la Motilla del Azuer desde el sur.
90
Ayuntamiento de Daimiel decidió asumir su gestión,
al ser propiedad de la Junta de Comunidades de Cas-
tilla-La Mancha
3
. Para acometer esta iniciativa fue ne-
cesario en un primer momento llevar a cabo un plan
específico de limpieza, desbrozado, adecuación y re-
habilitación del monumento (Torres, 2015)
Del mismo modo, para lograr un rendimiento
más eficaz y racional, fue diseñado un sistema
ad hoc
de explotación que permitiera su aprovechamiento
sin causar una alteración o perjuicio de las riquezas
que manifiesta. Así, entre otras consideraciones, se
determinó que una de las premisas esenciales era
que el disfrute del enclave tenía que ser controlado
y regularizado, con la intención de mitigar el impacto
asociado a este uso. Concretamente, fue habilitado
un modelo de visitas guiadas, que recorren sus espa-
cios en turnos organizados (fig. 7), para lo cual resul-
ta imprescindible adquirir la entrada de manera an-
ticipada, bien físicamente en el Museo Comarcal de
Daimiel o a través de la página web www.motilladela-
zuer.es. Esta última opción permite una compra más
rápida, cómoda y desde cualquier punto geográfico o
dispositivo tecnológico.
De todos modos, este tipo de experiencia está
siendo combinada con otros eventos, de tal manera
que permitan resaltar la representatividad del yaci-
miento desde el punto de vista cultural y de su acción
social. En particular en su recinto se han celebrado
conciertos
4
, rutas senderistas desde el núcleo urba-
no a la Motilla del Azuer, talleres de arqueología en
verano para niños de edad escolar, encuentros con
diferentes asociaciones patrimoniales, culturales o
de necesidades especiales, etc., destacando la rea-
lización de un programa con los centros educativos
de la localidad, por el cual todos los años alumnos de
educación primaria y secundaria ―concretamente 5.
o
de Primaria y 3.
o
de Secundaria― conocen de primera
mano este bien tan excepcional de su entorno.
Además, en este intervalo se ha continuado con
las labores arqueológicas, con tareas de manteni-
miento, restauración y consolidación (Angulo, 2018;
Torres, 2021), y retomando en el año 2021 las exca-
vaciones arqueológicas, gracias a sendos proyectos
en 2021, 2022, 2023 y 2024 que han contado con la
colaboración y aportación del Ayuntamiento de Dai-
miel, la Universidad de Castilla-La Mancha y la Junta
de Comunidades de Castilla-La Mancha (Torres y Ro-
dríguez, e. p.). Dentro de estos avances sobresale por
su significativa trascendencia para su interpretación,
comprensión y divulgación la incorporación de nue-
vas herramientas tecnológicas a través del programa
Motilla Virtual (Torres
et al.,
2022).
El éxito de esta propuesta está generando una
sinergia muy positiva, tanto cualitativa como cuanti-
tativamente, convirtiéndola en una agente sustancial
para la dinamización de este territorio. La riqueza pa-
trimonial, la monumentalidad de sus estructuras, la
cultura material descubierta y la excepcionalidad de
sus hallazgos la han convertido en una entidad patri-
monial, cultural y turística de primer nivel, constitu-
yendo una oportunidad para su disfrute. Sirva como
dato que desde el inicio de las visitas guiadas a la Mo-
tilla del Azuer, el 21 de junio de 2014, más de 77 000
personas han participado de la actividad, incremen-
Fig. 7. Grupo de visitantes en la Motilla del Azuer.
91
Responsabilidades de los ayuntamientos en la valorización del patrimonio arqueológico de su territorio.
tándose anualmente estas cifras ―salvo 2020 por las
consecuencias derivadas del contexto sanitario de la
COVID-19―.
De todos modos, la configuración de este modelo
adolece de una serie de limitaciones que hay que te-
ner en cuenta en la gestión de un yacimiento de estas
características. La primera de ellas es su exposición
al aire libre, circunstancia que implica el impacto di-
recto de agentes de deterioro a sus estructuras, cons-
tatando una mayor incidencia de los atmosféricos y
biológicos (Angulo, 2018: 32). En relación a su vulne-
rabilidad, se trata de una construcción prehistórica de
más de 4000 años que cuenta con ciertas fragilidades
asociadas al paso de un lapso cronológico tan dilata-
do, las peculiaridades del subsuelo de ese paraje (Me-
diavilla, Santisteban y Mediato, 2013) y las caracterís-
ticas constructivas de este horizonte crono-cultural.
Al mismo tiempo, el tránsito de visitantes por sus tra-
mos y la organización de los eventos referidos
supra
implican un deterioro constante sobre sus unidades,
alteración que todavía puede ser mayor si se produ-
ce sin ningún tipo de control, razón por la que tienen
que ser concebidas dentro de criterios basados en su
sostenibilidad.
No obstante y pese a estos desafíos, esta pers-
pectiva está ofreciendo atractivas bondades para su
explotación, pues el modelo de recorridos diseñados
y las pautas estimadas en la organización facilitan
regular con total exactitud la cantidad de participan-
tes que acceden en cada turno, evitando, a su vez, el
abandono de los trayectos habilitados y supervisando
el adecuado comportamiento de los usuarios. Estos
buenos resultados adquiridos están siendo reflejados
en las puntuaciones que los visitantes cumplimentan
en las encuestas de satisfacción (Torres y Rodríguez,
2022: 300).
Conclusiones. Perspectivas y retos
del patrimonio arqueológico
para los municipios
Como hemos tratado de mostrar en estas líneas, el pa-
trimonio cultural y arqueológico cuenta con grandes
posibilidades, desde múltiples ópticas, para favorecer
la prosperidad de una localidad, comarca o región. El
aumento del interés por conocer las riquezas de estos
sitios y una mayor concienciación de la población por
comprender los elementos existentes en su entorno
generan una demanda cada vez mayor de este tipo
de recursos. A esta proyección se ha sumado el creci-
miento que han experimentado aquellas operaciones
relacionadas con su valorización, permitiendo descu-
brir cada vez más restos que nos acercan al pasado de
los grupos humanos.
Este escenario ha supuesto que las administracio-
nes públicas tengan que asumir determinadas res-
ponsabilidades y obligaciones respecto a los bienes
de su contorno. Para ello ha sido necesario habilitar
una reglamentación jurídica sobre esta temática y di-
señar y ejecutar políticas estratégicas en tal sentido.
Dentro de esta realidad, los ayuntamientos, como
institución pública que, además, representa el «mar-
co por excelencia de convivencia civil» (Preámbulo de
la LRBRL), ostentan una serie de compromisos en la
custodia y acción social de componentes que forman
parte de la identidad y vida cotidiana de sus vecinos y
cuya explotación puede aportar provechos muy suge-
rentes. Tanto la Constitución de 1978, como la LPHE o
los textos legislativos sobre este campo sancionados
por las comunidades autónomas han reflejado la obli-
gación para proteger y promover los vestigios empla-
zados en sus límites; circunstancia a la que se añade
en muchas ocasiones su cometido directo como po-
seedores de dichos bienes.
Poner en funcionamiento una gestión eficaz y sos-
tenible resulta esencial en este proceso, pues cual-
quier concepción errónea, tratamiento inadecuado o
praxis inacabada puede convertirse en contraprodu-
cente en su misión, al corresponder con componen-
tes que poseen coordenadas espaciales y temporales
que los convierten en único. Del mismo modo, cual-
quier proyecto que no se encuentre cimentado en la
investigación, restauración, conservación y difusión,
situando estos planos en el mismo nivel de relevan-
cia, sería inconsistente e incompleto. El objetivo es
diseñar una experiencia que sea sostenible y respe-
tuosa con elementos que son, por definición, únicos
e irrepetibles.
El modelo de gestión que viene desarrollando el
Ayuntamiento de Daimiel sobre determinados hitos
culturales y arqueológicos de su municipio está im-
pulsando la valorización de los mismos, a partir de la
ejecución de iniciativas heterogéneas para su estudio,
rehabilitación y exposición. Dentro de todos ellos,
destacan las labores efectuadas en el yacimiento icó-
nico de la Edad del Bronce Motilla del Azuer, donde
los miles de visitantes que participan todos los años
en los itinerarios organizados, más la organización de
otros eventos, son representativos de su alcance.
El éxito de esta propuesta está permitiendo adop-
tar beneficios interesantes para su entorno, tanto des-
de el punto de vista económico como social, cultural,
científico y educativo (Torres, 2020), potenciando la
riqueza y potencialidad de estos recursos y acentuan-
do la misión que en ellos reside. Estos rendimientos
positivos, a su vez, están contribuyendo a desarrollar
nuevas campañas de excavación, así como extender
este tipo de iniciativas a otros ámbitos patrimoniales
(Torres
et al.,
2020; Rodríguez
et al
., 2024)
Es cierto que hay que tener presentes las dificulta-
des para acometer la patrimonialización de este tipo
de sitios, pues plantea una serie de riesgos que deben
ser tenidos en cuenta a la hora de afrontar su uso.
La fragilidad inherente a sus estructuras, el impacto
continuo de agentes de deterioro o la falta de finan-
92
ciación (y por lo tanto de trabajos arqueológicos)
precisan que sea imprescindible llevar a cabo tareas
de mantenimiento, preservación y conservación pre-
ventiva.
Una premisa esencial en esta estrategia es la de
otorgar un papel protagonista a la acción social que
recae en ellos. A este respecto, como afirma Josep Ba-
llart (2008: 105) la clave de una buena gestión es con-
seguir que sus componentes adquieran valor social y
sean utilizados en favor de la comunidad. Tampoco
debemos olvidar que por disposición legal son bienes
de dominio público, por lo que su atención cuenta
con una serie de pautas particulares en su tratamien-
to y presentación. Esta consideración implica que las
acciones relacionadas con su valorización tengan que
estar orientadas a su acercamiento a los ciudadanos
para establecer con ellos unos vínculos emocionales,
desplegando convenientemente los múltiples signi-
ficados y símbolos que atesoran (López-Menchero,
2012: 11).
Los resultados obtenidos avalan el funcionamien-
to de proyectos similares en una escala local, siempre
siendo conscientes de las posibilidades y el contexto
de cada realidad, que permitan la vitalización de este
legado y ayuden en la dinamización de un territorio,
sobre todo en aquellos que cuentan con mayores di-
ficultades desde el punto de vista productivo, caso
del mundo rural nacional o España Vacía o Vaciada.
Como enuncia la mencionada Carta de Bruselas sobre
el papel del patrimonio cultural en la economía, es
un campo «capaz de mejorar la calidad de los habi-
tantes».
Los yacimientos arqueológicos conforman un es-
pacio y un tiempo de encuentro y comunicación en-
tre la sociedad y su legado cultural, por lo que debe
existir un compromiso, tanto
de iure
como
de facto
,
por garantizar su conocimiento y disfrute; sin que ello
suponga un detrimento para su transmisión a las ge-
neraciones futuras.
Notas
1. La Venta de Borondo fue una venta de llanura de cro-
nología bajomedieval-moderna que todavía cuenta en su
conjunto con rasgos constructivos originales de esa etapa,
convirtiéndola en un referente del patrimonio cultural de
Castilla-La Mancha (Cejudo, 2013). En los últimos años se
ha intervenido en su recinto con el objetivo de detener la
degradación de zonas como el torreón occidental o las cu-
biertas (Torres
et al
., 2020b). En virtud de estas riquezas se
encuentra catalogada como BIC con categoría de monu-
mento.
2. Este ámbito arqueológico se encuentra repartido entre
los municipios de Daimiel y Villarrubia de los Ojos, ambos
en la provincia de Ciudad Real. A pesar de su manifiesta
riqueza material, que ha provocado que fuera víctima de
la intensa acción de expoliadores durante décadas, solo ha
sido objeto de una campaña de excavación arqueológica en
el año 2000 (Urbina y Urquijo, 2017), que junto con los ha-
llazgos superficiales depositados en el Museo Provincial de
Ciudad Real y colecciones privadas han permitido inferir la
existencia de un asentamiento de cierta entidad durante la
etapa íbera y romana.
3. Para ello fue necesario la firma de un convenio entre la
Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha y el Ayunta-
miento de Daimiel. Este acuerdo ha sido renovado sucesi-
vamente por ambas partes en 2018 y 2022.
4. Destaca la celebración el 24 de junio de 2017 de un con-
cierto a cargo del artista local Ricardo Fernández.
Bibliografía
Alonso Hierro, J. y Martín Fernández, J. (2018) “Activos
culturales y desarrollo sostenible: la importancia eco-
nómica del Patrimonio Cultural”,
Política y Sociedad
,
50 (3), pp. 1133-1477. https://doi.org/10.5209/rev_
POSO.2013.v50.n3.41861
Angulo Bujanda, M.ª I. (2018) “Conservación y restauración
en el yacimiento arqueológico de la Motilla del Azuer,
campañas 2015 y 2016”. En
IV Jornadas de Historia de
Daimiel.
Daimiel: Ayuntamiento de Daimiel, pp. 31-44.
Ballart Hernández, J. (2008) “Usos del patrimonio, acción
social y turismo: hacia un necesario consenso”,
Diálo-
gos. Revista do Departamento de História e do Progra-
ma de Pós-Graduação em História
, vol. 12 (1), pp. 103-
117. https://doi.org/10.4025/dialogos.v12i1.34
Ballart Hernández, J. y Treserras Juan, J. (2001)
Gestión del
patrimonio cultural
. Barcelona: Ariel.
Camarero Izquierdo, C. y Garrido Samaniego, M.ª J. (2008)
Marketing del Patrimonio Cultural
. Madrid: Pirámide.
Foronda Robles, C. (2002) “La capacidad del turismo como
elemento dinamizador del medio rural”. En D. Márquez
(coord.),
Nuevos Horizontes en el Desarrollo Rural
. Ma-
drid: Universidad Internacional de Andalucía, Akal, pp.
29-57.
Cejudo Loro, D. (2013a) “Venta de Borondo: origen y evolu-
ción hasta nuestros días”. En
II Jornadas de Historia de
Daimiel
. Daimiel: Ayuntamiento de Daimiel, pp. 71-84.
Cejudo Loro, D. (2013b) “Recuperación y conservación de
las caleras tradicionales de Daimiel”. En
II Jornadas de
Historia de Daimiel
. Daimiel: Ayuntamiento de Daimiel,
pp. 317-329.
García Fortes, S. y Flos Travieso, N. (2008)
Conservación y
restauración de bienes arqueológicos.
Madrid: Síntesis.
López-Menchero Bendicho, V. M. (2012)
Manual para la
puesta en valor del patrimonio arqueológico al aire li-
bre.
Ediciones Trea.
Martínez García, L. (2011) “Cultura y patrimonio en Casti-
lla-La Mancha”,
Her&Mus
, 6, vol. II (4), pp. 8-12.
Mediavilla López, R. M.ª, Santisteban Navarro, J. I. y Media-
to, J. F. (2013) “Las Tablas de Daimiel en el contexto de
la cuenca alta del Guadiana”. En R. M.ª Mediavilla (ed.),
Las Tablas de Daimiel: agua y sedimentos
. Madrid: Insti-
tuto Geológico y Minero de España, pp. 3-18.
Nájera Colino, T., Jiménez Brobeil, S. A., Molina González,
F. R., Delgado Huertas, A. y Laffranchi, Z. (2012) “La
aplicación de los métodos de la antropología física a un
yacimiento arqueológico: la Motilla del Azuer”,
Cuader-
nos de Prehistoria y Arqueología de la Universidad de
Granada
, 22, pp. 149-182.
93
Responsabilidades de los ayuntamientos en la valorización del patrimonio arqueológico de su territorio.
Nájera Colino, T. y Molina González, F. R. (2004) “Las moti-
llas: un modelo de asentamiento con fortificación cen-
tral en la Llanura Manchega”. En R. García y F. J. Morales
(coords.),
La Península Ibérica en el II mil. a.C.: poblados
y fortificaciones
. Cuenca: Ediciones de la Universidad de
Castilla-La Mancha, pp. 173-217.
Nájera Colino, T., Molina González, F. R., Cámara Serrano,
J. A., Afonso Marrero, J. A. y Spanedda, L. (2019) “Aná-
lisis estadístico de las dataciones radiocarbónicas de la
Motilla del Azuer (Daimiel, Ciudad Real)”,
Cuadernos
de Prehistoria y Arqueología de la Universidad de Gra-
nada
, vol. 29, pp. 309-351. https://doi.org/10.30827/
cpag.v29i0.9780
Querol Fernández, M.ª A. y Martínez Díaz, B. (1996)
La ges-
tión del patrimonio arqueológico en España.
Madrid:
Alianza.
Rodríguez González, D. y Álvarez García, H. (2007) “Gestión
municipal del Patrimonio Arqueológico: el ejemplo del
Ayuntamiento de Terrinches (Ciudad Real) y su esfuerzo
para la puesta en valor del Castillejo de El Bonete”. En
M.ª M. Zarzalejos, M. A. García y L. Benítez (coords.),
Actas del I Congreso de Patrimonio Histórico de Casti-
lla-La Mancha: la gestión del Patrimonio Histórico Re-
gional, v
ol. 1. Valdepeñas: UNED, pp. 363-374.
Rodríguez González, D., Torres Mas, M., Álvarez García, H.,
Angulo Bujanda, M.ª I. y Felipe Martínez, M. (2024) “Ac-
ciones para la conservación y valorización del patrimo-
nio vernáculo en la España rural: iniciativas en Bombo
de la Calerina, Las Caleras y Puente Viejo del Azuer en el
municipio de Daimiel (Ciudad Real)”. En
Atas do IV Con-
gresso Ibero Americano de Investigações em Conser-
vação e Restauro Práticas Sustentáveis no Património
.
Lisboa: Universidade de Lisboa, pp. 137-147.
Serrat Antoli, N. (2005) “Acciones didácticas y de difusión
en museos y centros de interpertación”. En J. Santacana
y N. Serrat (coords.),
Museografía didáctica
. Barcelona:
Ariel, pp. 103-206.
Sanz Mínguez, C. (2010) “Pintia: ciudad vaccea”. En
Cono-
cer Valladolid 2009: III Curso de patrimonio cultural
2009/2010
. Valladolid: Real Academia de Bellas Artes
de la Purísima Concepción, pp. 13-34.
Torres Mas, M. (2007) “La Motilla del Azuer. Un yacimien-
to arqueológico de interés cultural en Daimiel (Ciudad
Real)”. En
III Jornadas de Historia de Daimiel
. Daimiel:
Ayuntamiento de Daimiel, pp. 15-30.
―(2021)
“Proyectos para la conservación y valoriza-
ción del yacimiento arqueológico de la Motilla del
Azuer (Daimiel, Ciudad Real): intervenciones 2013-
2018”,
Ge-conservación
, 20, pp. 96-104. https://doi.
org/10.37558/gec.v20i1.1044
Torres Mas, M., Angulo Bujanda, M.ª I. Álvarez García,
H., y Rodríguez González, D. (2020a) “El patrimonio
de Daimiel a través de la arqueología: investigación,
rehabilitación y difusión”. En
V Jornadas de Historia
de Daimiel
. Daimiel: Ayuntamiento de Daimiel, pp.
267-284.
Torres Mas, M., Cejudo Loro, D., Angulo Bujanda, M.ª I.,
y Álvarez García, H. (2020b) “Venta de Borondo (Dai-
miel, Ciudad Real): actuaciones arqueológicas para la
recuperación de un bien singular”,
Revista de Historia
Autónoma
, 17, pp. 51-73. https://doi.org/10.15366/
rha2020.17.003
Torres Mas, M., López-Menchero Bendicho, V. M., López
Tercero, J., Torrejón Valdelomar, J. y Maschner, H.
(2022) «Proyectos de digitalización y realidad virtual en
el patrimonio arqueológico: el caso del yacimiento de
la Motilla del Azuer en Daimiel (Ciudad Real)»,
Virtual
Archaeology Review
, 13 (26), pp. 135-146. https://doi.
org/10.4995/var.2022.15004
Torres Mas, M. y Rodríguez González, D. (2022) “Los yaci-
mientos arqueológicos y sus posibilidades como recur-
sos turísticos potenciales: el caso de la Motilla del Azuer
en Castilla-La Mancha”. En J. Onrubia
et al.
(eds.),
De
vuelta a (y a vueltas con) la interpretación y presenta-
ción patrimonial: LEGATUM 2.0: musealización y puesta
en valor del patrimonio cultural: II Congreso Internacio-
na
l. Cuenca: Servicio de publicaciones de la Universidad
de Castilla-La Mancha, pp. 283-292.
Valadés Sierra, J. M. (2010) “El museo, de albacea: de la me-
moria a producto teórico”. En J. Marco y R. E. Ledesma
(coords.),
Bienes culturales, turismo y desarrollo s. l
.:
Editorial Signatura Demos, pp. 161-194.
Villar Díaz, C. (2007) “La delimitación del entorno de los
BIC: una problemática herramienta de gestión del
patrimonio histórico en el ámbito local: el caso de
Uclés y Valeria”. En M.ª M. Zarzalejos, M. A. García
y L. Benítez (coords.),
Actas del I Congreso de Patri-
monio Histórico de Castilla-La Mancha: la gestión del
Patrimonio Histórico Regional, v
ol. 1. Valdepeñas:
UNED, pp. 59-74.